En fecha 23 de agosto de 2011,
fue sancionada la Ley Orgánica
de Deporte Actividad Física y
Educación Física, estas activida-
des se declaran de servicio Pú-
blico,pudiendo ser desarrolladas
por el Estado directamente o
por particulares debidamente au-
torizados.
Se declara según el artículo 11
de utilidad pública e interés so-
cial el fomento,la promoción, el
desarrollo y la practica del depor-
te, así como la construcción,dota-
ción,mantenimiento y protección
de la infraestructura deportiva a
nivel nacional.
También se crea el Fondo Nacio-
nal para el Desarrollo del De-
porte, la Actividad Física y Edu-
cación Física, el cual estará Cons-
tituido por los aportes de 1% so-
bre la Utilidad Neta Contable a-
nual cuando ésta supere las
20.0000 Unidades tributarias,por
las Empresas que realicen acti-
vidades económicas en el país
con fines de lucro, donaciones o
cualquier otro aporte extraordi-
nario.Si se incumple con esta o-
bligación el contribuyente será
sancionado co una multa equiva-
lente al doble de la contribución y
en caso de reincidencia la multa
será 3 veces la contribución del
ejercicio fiscal que corresponda.